Salvemos juntos el Ayuí

Aprende más acerca del proyecto que pretende inundar 8.000 hectáreas para plantar arroz y soja en Corrientes. Los ríos en Argentina son un bien público, sería la primera vez que una empresa se adueña de un río, en beneficio propio ¿podrían entonces otras empresas hacer lo mismo y adueñarse de cualquier río en nuestro país? Texto completo

2/9/10

Posición de Greenpeace sobre el proyecto Represa del Ayuí Grande y el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Corrientes


Desde hace más de cinco años un grupo de empresas arroceras pretende represar el arroyo Ayuí Grande, sepultando 8.000 hectáreas bajo las aguas de un lago artificial, alterando el régimen de este importante curso de agua y eliminando valiosos bosques nativos. Dicho proyecto fue duramente cuestionado por Greenpeace y varias organizaciones ambientalistas desde su inicio. [1]Para que el proyecto de la Represa del Ayuí Grande sea factible se necesita que el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Corrientes clasifique a los bosques ribereños que quedarían inundados en la Categoría III (verde), la cual permite su desmonte total o parcial.



El artículo 9º de la Ley 26.331 establece en forma precisa que se deberán incluir en la Categoría I (rojo) a las “áreas que por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitat de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica”.



Resulta sorprendente entonces que gran parte de los bosques del Espinal cercanos a sistemas hídricos (incluyendo a los linderos con el arroyo Ayuí Grande) no fueran incorporados en el Ordenamiento Territorial de la provincia en la Categoría I (rojo), entendidos como “sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse”.



Por otra parte el Ordenamiento Territorial de Corrientes, tampoco cumple con los “Criterios de Sustentabilidad Ambiental para el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos”, del Anexo de la Ley que en su punto 9 establece: “Potencial de conservación de cuencas: consiste en determinar la existencias de áreas que poseen una posición estratégica para la conservación de cuencas hídricas y para asegurar la provisión de agua en cantidad y calidad necesarias. En este sentido tienen especial valor las áreas de protección de nacientes, bordes de cauces de agua permanentes y transitorios, y la franja de “bosques nublados”, las áreas de recarga de acuíferos, los sitios de humedales o Ramsar, áreas grandes con pendientes superiores al (5%), etc.”.



Frente a ello, organizaciones ambientalistas de todo el país presentaron sus objeciones a dicho Ordenamiento, mediante un documento conjunto.



Pse a las críticas, el Poder Ejecutivo de Corrientes decidió su sanción, sin ningún cambio, mediante el Decreto 1439/09, y el 9 de diciembre de 2009 aprobó el proyecto Represa del Ayuí Grande mediante el decreto 2353/09.



En diciembre de 2009, la Justicia hizo lugar a la demanda de la Fundación Reserva del Iberá contra el Estado de la Provincia de Corrientes, declarando la inconstitucionalidad y nulidad absoluta del Decreto 1439/09, que establecía el Ordenamiento Territorial de Bosques de la provincia.



Sin embargo, en lugar de modificarlo para que el mismo cumpla con la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos para la Protección Ambiental de los Bosques Nativos, el Poder Ejecutivo de Corrientes decidió enviar a la legislatura un proyecto de ley exactamente igual al decreto rechazado por la Justicia.



Así, en mayo de 2010, la legislatura correntina sancionó la Ley Provincial Nº 5.974 de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Corrientes, cuyo mapa de zonificación es idéntico al anulado en su momento por la Justicia.



Consideramos que el Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de Corrientes se opone a los objetivos y criterios de conservación establecidos en la Ley de Bosques, ya que no protege importantes zonas boscosas continuas del Espinal y no le pone freno al avance de la frontera agropecuaria y a la fragmentación de sus bosques.



Teniendo en cuenta el artículo 41 de nuestra Constitución Nacional, según el cual “corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales”, entendemos que esta norma resulta inconstitucional al no cumplir con la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos.



En ese marco, volvemos a señalar que para Greenpeace el proyecto Represa del Ayuí Grande resulta ambiental y jurídicamente inaceptable.




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[1] http://www.mimercedes.com.ar/masnotas.php?ampliar=1197

http://www.corrienteshoy.com/vernota.asp?id_noticia=62651

http://www.laprovinciadigital.com.ar/notix/noticia.php?i=20877


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1/9/10

Posición institucional de Aves Argentinas en relación al proyecto Represa del Arroyo Ayuí Grande


Agosto 2010

Aves Argentinas desea expresar su preocupación en relación con el proyecto de la Represa de Arroyo Ayuí Grande, en la provincia de Corrientes.La cuenca del Arroyo Ayuí Grande constituye un corredor natural que comunica dos grandes áreas de interés ornitológico, como son el bosque xerófilo denominado Espinal y los Esteros del Iberá. Estas ecorregiones se caracterizan por una elevada biodiversidad y son de particular interés para la conservación de las aves de bosque y de pastizal con riesgo de extinción.
Desde el punto de vista de conservación para las aves, el Arroyo Ayuí Grande conecta áreas importantes para la conservación de las aves (AICAs - http://www.avesargentinas.org.ar/cs/conservacion/aicas/home.html), en particular entre el Espinal de Mercedes (CR13) y la Reserva Natural Provincial Iberá (CR10 y otros). La cuenca del mencionado arroyo conecta poblaciones de aves amenazadas de pastizal y de bosque como capuchinos, Cardenal Amarillo, y recientemente la recolonización del Águila Coronada (*Ver tabla abajo).
La desaparición de corredores de bosques del Espinal y el anegamiento y la transformación de extensas zonas de pastizal en áreas de cultivo, podría tener consecuencias negativas irreversibles sobre las poblaciones de estas especies que poseen un alto valor para la conservación a escala nacional e internacional.
Es llamativo el hecho de que en el documento “Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la Provincia de Corrientes” se haya definido que la mayor parte de los bosques del Espinal fueran asignados con la Categoría III (Verde), habiendo establecido explícitamente en el criterio 5 de dicho documento la importancia particular de los bosques ribereños y marginales como vitales para la conectividad entre regiones. Los bosques asociados al Arroyo Ayui Grande están incluidos en dicha categoría (pág. 72 OTBN Corrientes, Diciembre 2008).
Además, el artículo 9º de la Ley Nacional 26.331 establece en forma precisa que se deberán incluir en la Categoría I (rojo) a las “áreas que por sus ubicaciones relativas a reservas, su valor de conectividad, la presencia de valores biológicos sobresalientes y/o la protección de cuencas que ejercen, ameritan su persistencia como bosque a perpetuidad, aunque estos sectores puedan ser hábitat de comunidades indígenas y ser objeto de investigación científica”.
La ubicación geográfica relativa del Arroyo Ayuí Grande, su valor de conectividad entre ecorregiones y la presencia de especies con riesgo de extinción tal como se expresó al inicio de este documento, son particularmente las condiciones explicadas en el artículo 9º de la mencionada Ley Nacional y que deberían ser suficientes para ser consideradas en la Categoría I (Rojo), entendidos como “sectores de muy alto valor de conservación que no deben transformarse”.
Cabe recordar que dicha Ley 26.331 es una norma de presupuestos mínimos dictada en consonancia con lo previsto por el artículo 41º, párrafo 3º de la Constitución Nacional, por lo que las disposiciones provinciales en la materia pueden complementar o aumentar los niveles de protección en ella fijados, pero no disminuirlos.
Ante las evidencias expresadas en este documento, Aves Argentinas exige que se descarte de plano la posibilidad de concretar la obra de represa del Arroyo Ayuí Grande y sea reevaluada la importancia relativa de los bosques del Espinal en virtud de la importancia de estos ambientes para la conservación de la biodiversidad regional.

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