Salvemos juntos el Ayuí

Aprende más acerca del proyecto que pretende inundar 8.000 hectáreas para plantar arroz y soja en Corrientes. Los ríos en Argentina son un bien público, sería la primera vez que una empresa se adueña de un río, en beneficio propio ¿podrían entonces otras empresas hacer lo mismo y adueñarse de cualquier río en nuestro país? Texto completo

25/8/11

El Estado Nacional resolvió que la Represa Ayuí Grande es legalmente incompatible


La Fundación Reserva del Iberá celebra la resolución de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, emitida el día 24 de Agosto con el número 1238/2011, mediante la cual el Sr. Secretario Dr. Juan J. Mussi, ESTABLECE que el Proyecto Productivo Ayuí Grande resulta INCOMPATIBLE con el régimen legal vigente en la Républica Argentina.

La Resolución se funda en el trabajo colegiado de un grupo interdisciplinario de expertos de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable que analizó cientos de hojas de antecedentes aportados por la Provincia de Corrientes luego de que varias intimaciones de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El documento establece la incompatibilidad del Proyecto Productivo Ayuí Grande luego de considerar las obligaciones argentinas en el ámbito del Tratado del Río Uruguay, la Ley General del Ambiente (Ley 25.675) y la Ley Nacional de Conservación de los Bosques Nativos (Ley 26.331).

La Resolución expresa que dicho proyecto, aunque impulsado en el ámbito de la provincia de Corrientes, excede dicho territorio provincial y avanza sobre jurisdicciones de otra competencia, a través del eje fluvial Ayuí-Miriñay-Uruguay.

La resolución no omite referencia directa a errores y omisiones severas en la Evaluación de Impacto Ambiental encomendada por las empresas impulsoras del proyecto al Ing. Agr. Jorge Adámoli de la Universidad de Buenos Aires.

Finalmente –hecho que la Fundación Iberá interpreta fundamental para el alcance de una política ambiental madura en la provincia de Corrientes– la resolución pone en tela de juicio a la propia Ley de Bosques Nativos de la Provincia de Corrientes, al señalar que: “Resulta evidente que la Ley Provincial de Corrientes Nº 5974 del 2010 no se ajusta a la Ley Nº 26.331, en virtud de haber clasificado en la Categoría III (verde), de manera uniforme y desmontable, el 94% de los Bosques Nativos contenidos en la Región del Espinal”.

Cabe recordar que la Fundación Reserva del Iberá demandó a la Provincia de Corrientes ante la Justicia ordinaria provincial mediante un Recurso de Amparo para que dicha Ley de Bosques Nativos de Corrientes sea declarada nula, cuestión en la que entiende el Juzgado en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Mercedes a cargo del reconocido Juez Dr. René Buffil.

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